Pensión del IMSS y pensión del Bienestar: diferencias y si puedes cobrar las dos

Aviso importante: Esta es una guía independiente y no representa al Gobierno de México ni al Banco del Bienestar. La información se revisó en octubre de 2026. Para trámites y montos actualizados, consulte siempre el sitio del Gobierno de México.

La pensión del IMSS y la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores son dos apoyos distintos: la primera es una pensión contributiva que se obtiene tras haber cotizado al Instituto Mexicano del Seguro Social (o al ISSSTE), mientras que la segunda es un apoyo universal no contributivo que entrega el Gobierno de México a las personas adultas mayores. Aunque ambas se llaman “pensión”, tienen orígenes, requisitos y formas de cobro diferentes. En esta guía te explicamos sus diferencias y si puedes recibir las dos al mismo tiempo.

Respuesta rápida

Sí, puedes cobrar la pensión del IMSS y la Pensión para el Bienestar al mismo tiempo, siempre que cumplas con los requisitos de cada una. Son programas independientes: la pensión del IMSS depende de tus años de cotización y la del Bienestar es universal para las personas que tengan la edad que marca el programa (actualmente 65 años o más, aunque puede variar; consulta la guía de la Pensión para Adultos Mayores para conocer la edad vigente). No hay ningún impedimento legal para recibir ambas, y una no descuenta a la otra.

Qué es cada pensión

Pensión del IMSS (o ISSSTE)

Es una pensión contributiva. Esto significa que la obtienes porque durante tu vida laboral tú y tu patrón aportaron al IMSS (o al ISSSTE si fuiste trabajador del Estado). Para tener derecho necesitas haber cotizado un mínimo de semanas (actualmente 800 semanas bajo la Ley del Seguro Social de 1997, o 500 semanas bajo la ley anterior) y tener la edad de retiro (60 años para cesantía en edad avanzada, 65 para vejez). El monto se calcula con base en tu salario promedio y las semanas cotizadas. La paga el IMSS o el ISSSTE, y se cobra en la cuenta bancaria que elijas al tramitarla.

Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores

Es un apoyo no contributivo y universal. No necesitas haber trabajado ni cotizado. La entrega la Secretaría de Bienestar a través del Banco del Bienestar. El único requisito principal es tener la edad que determine el programa (consulta la guía enlazada arriba). Se cobra mediante una tarjeta del Banco del Bienestar y los pagos son bimestrales. Para más detalles, visita la guía completa de la Pensión para Adultos Mayores.

Además, existe el programa Pensión Mujeres Bienestar para mujeres de 60 a 64 años, que es un apoyo similar pero con edad diferente.

No confundas estas pensiones con el servicio de salud IMSS-Bienestar, que es el sistema de atención médica para personas sin seguridad social. El INSABI ya no existe; fue sustituido por IMSS-Bienestar.

Tabla comparativa

AspectoPensión IMSS / ISSSTEPensión para el Bienestar
¿Quién la paga?IMSS o ISSSTE (dependiendo de tu régimen)Gobierno de México, a través de la Secretaría de Bienestar y el Banco del Bienestar
Requisitos principalesHaber cotizado semanas mínimas (800 o 500 según la ley) y tener 60 o 65 años según el tipo de pensiónTener la edad que marque el programa (actualmente 65 años o más; consulta la guía) y presentar identificación con fotografía (INE o pasaporte), CURP, comprobante de domicilio y un número de teléfono
¿Cómo se calcula?Con base en el salario promedio de los últimos años y las semanas cotizadas (fórmula del IMSS/ISSSTE)Monto fijo igual para todas las personas beneficiarias (no depende de ingresos previos). El monto lo define el Gobierno de México cada año; consúltalo en gob.mx
¿Dónde se cobra?En la cuenta bancaria que elijas al tramitar la pensión (puede ser cualquier banco)Mediante tarjeta del Banco del Bienestar, en ventanilla o en cajeros de esa institución
¿Se puede cobrar junto con la otra?Sí, son compatiblesSí, son compatibles

¿Puedes cobrar las dos?

Sí, puedes cobrar ambas pensiones al mismo tiempo. La Pensión para el Bienestar es un apoyo universal que no excluye a quienes ya reciben una pensión contributiva del IMSS o ISSSTE. No importa si tu pensión del IMSS es alta o baja; igual tienes derecho a la del Bienestar si cumples la edad requerida.

Sin embargo, recuerda que la edad para la Pensión del Bienestar puede cambiar. En su inicio fue para personas de 68 años, luego bajó a 65 y actualmente hay un programa para mujeres de 60 a 64 (Pensión Mujeres Bienestar). Revisa la guía actualizada de la Pensión para Adultos Mayores para saber exactamente a partir de qué edad puedes solicitarla.

Para la pensión del IMSS, si aún no cumples los 60 años, no puedes tramitarla. Si ya la tienes, no hay problema.

Importante: Los trámites para ambas pensiones son gratuitos. No pagues a nadie para que te ayude a obtenerlas. Si alguien te pide dinero o tus datos bancarios por teléfono o en persona, puede ser un fraude. Acude directamente a las oficinas del IMSS o a los módulos de Bienestar, o consulta el sitio del Gobierno de México.

Dónde informarte

Para la pensión del IMSS, acude a tu subdelegación del IMSS más cercana o consulta el sitio del Gobierno de México (gob.mx/imss).

Para la Pensión para el Bienestar, visita el sitio del Gobierno de México (gob.mx/bienestar) o la guía completa en esta misma página.

Si necesitas atención médica y no tienes seguridad social, el programa IMSS-Bienestar te brinda servicios de salud gratuitos.

Preguntas frecuentes

1. Si tengo 60 años, ¿puedo recibir la Pensión para el Bienestar?

Depende de la edad vigente del programa. Actualmente la Pensión para el Bienestar es para personas de 65 años o más. Las mujeres de 60 a 64 años pueden solicitar la Pensión Mujeres Bienestar. Consulta la guía de cada programa para confirmar.

2. ¿La Pensión del Bienestar me quita la pensión del IMSS?

No. Son apoyos independientes. Puedes recibir ambas sin que una afecte a la otra.

3. ¿Necesito dejar de trabajar para cobrar la Pensión del Bienestar?

No. La Pensión para el Bienestar no exige que dejes de trabajar. Puedes seguir laborando y recibir el apoyo. En cambio, la pensión del IMSS puede tener restricciones si sigues trabajando (depende del tipo de pensión); consulta con el IMSS.

4. ¿Qué documentos necesito para la Pensión del Bienestar?

Identificación con fotografía (INE o pasaporte), CURP, comprobante de domicilio reciente y un número de teléfono. No necesitas comprobantes de trabajo ni cotizaciones.

5. ¿Cómo sé si mi pensión del IMSS es compatible con la del Bienestar?

Siempre lo es. No hay ninguna ley que lo prohíba. Ambas se pueden cobrar al mismo tiempo.

6. ¿Hay algún fraude relacionado con estas pensiones?

Sí. Recuerda que los trámites son gratuitos. Nunca des tus datos bancarios ni pagues a gestores. Si alguien te ofrece agilizar el trámite a cambio de dinero, es fraude. Reporta cualquier sospecha a las autoridades.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad